Horario especial laboral para vacunación contra COVID-19.

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«El pasado 13 de abril, el Poder Ejecutivo promulgó la Ley 19.947 que establece un horario especial laboral para vacunación contra COVID-19.

Esta ley establece que todo trabajador, tanto del ámbito público como del privado que esté agendado para vacunarse contra el virus SARS-CoV-2 (COVID 19), dentro de su horario de trabajo, tendrá derecho a un plazo máximo de cuatro (4) horas para concurrir al centro de vacunación. Dichas horas serán abonadas como trabajadas y consideradas a todos los efectos como tales.
En caso de que la vacunación requiera de dos (2) dosis, se aplicará el máximo de cuatro horas para ambas jornadas. 
El trabajador que concurra a vacunarse deberá dar aviso previo a su empleador o superior jerárquico de que concurrirá a vacunarse, y justificar el efectivo cumplimiento de la vacunación dentro de los tres (3) días inmediatos siguientes de recibida la última dosis.

Esta ley también abarca a aquellos trabajadores que con anterioridad a su aprobación se hubieran vacunado dentro de su horario de trabajo y de acuerdo al plan de vacunación dispuesto por el MSP. Para acceder a este beneficio, los trabajadores deberán justificar el efectivo cumplimento de la vacunación ante su empleador.
Quedamos a las órdenes por cualquier consulta o aclaración que consideren necesaria.»

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